martes, 29 de septiembre de 2009

Movimiento por la sanción de la ley de medicina prepaga

El 28 de mayo del año pasado, por Expte. Nº 062/CD/08 (Nº 2703-D-2008 en Diputados), trámite parlamentario 054, ingresó en el Senado un proyecto de ley que establece el marco regulatorio para el servicio de medicina prepaga. Este proyecto cuenta con media sanción de Diputados, aprobado en esa Cámara casi por unanimidad (hubo sólo una abstención).
No obstante ello, el Senado aún no lo ha tratado y si esta situación continúa el proyecto perderá estado parlamentario (en febrero de 2010), es decir que caerá y habrá que comenzar de cero con el tratamiento de la ley. Algunos tememos que esta sea la idea. El lobby de las empresas es muy poderoso.
Por eso hemos decidido poner en conocimiento de los/las ciudadanos/as alguno de los aspectos relevantes de este proyecto y solicitamos su difusión con una sugerencia: que envíen al/a la senador/a representa a su provincia un mail pidiéndole que la ley sea tratada. En el adjunto va el listado con los e-mails. En este momento el expediente está en la Comisión de Salud.
Aspectos relevantes: Ø La empresa sólo puede rescindir el contrato si el usuario ha incurrido en una mora superior a tres meses y previa intimación de pago.
Ø Los contratos no pueden incluir carencias en prestaciones incluidas en el PMO (Programa Médico Obligatorio)
Ø Las enfermedades preexistentes y la edad no pueden ser motivo de rechazo de la afiliación.
Ø No será aplicable el aumento en razón de la edad a las personas mayores de 65 años que tengan una antigüedad mayor a diez años de afiliados en una empresa de medicina prepaga.
Ø Los aumentos de cuota deben ser autorizados por la Autoridad de Aplicación y deben estar fundados en variaciones en la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos.
¿No nos merecemos contar con estos derechos? Difundamoslo y enviemos correos a los senadores para que traten el proyecto.
A continuación el texto del proyecto.

PROYECTO LEY PREPAGA[1]

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